Gestor de Notas de Prensa

DEFENSORÍA DEL PUEBLO INSTA AL GOBIERNO AUTONÓMO MUNICIPAL Y AL CONCEJO MUNICIPAL A EMITIR Y REFRENDAR LA DECLARATORIA DE EMERGENCIA Y/O DESASTRE EN EL MUNICIPIO DE LA PAZ

10 de marzo de 2024

Ante las emergencias suscitadas en diferentes zonas del municipio de La Paz y en cumplimiento con la Ley Municipal Autonómica 005/2010 de Gestión Integral de Riesgos y Desastres en la cual señala que “en cumplimiento de la competencia exclusiva municipal establecida en el artículo 100, parágrafo III y numeral 12 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización el Alcalde o Alcaldesa de La Paz es la autoridad competente para declarar a través del documento jurídico idóneo que será posteriormente refrendado por el Concejo Municipal situación de emergencia y/o desastre en el ámbito de su jurisdicción” se insta al alcalde municipal de La Paz y al Concejo Municipal, emitir tanto la resolución ejecutiva que declara emergencia en el municipio de La Paz y que la misma sea refrendada por los Concejales en el menor tiempo posible.

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DECLARATORIA: ‘AÑO DEFENSORIAL CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES’

8 de marzo de 2024

Que, el art. 3 de la Convención de la CEDAW establece que los Estados deben “adoptar todas las medidas apropiadas, incluso de carácter legislativo, para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de la mujer”. Así también, el art. 7 de la Convención de Belem do Pará estableció que los Estados deben “adoptar por todos los medios apropiados y sin dilaciones, políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar” todas las formas de violencia contra las mujeres. 

 


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DEFENSORÍA DEL PUEBLO ALIENTA A MUJERES PROFESIONALES A PARTICIPAR DEL PROCESO DE ELECCIONES JUDICIALES Y A LAS AUTORIDADES A GARANTIZAR CONDICIONES NO DISCRIMINATORIAS

5 de marzo de 2024

En marzo, mes internacional de los Derechos de las Mujeres, ratificamos el permanente compromiso con la promoción y defensa de los derechos humanos y fundamentales de la población boliviana, así como la participación activa de la ciudadanía, en particular de las mujeres abogadas, en procesos históricos como las elecciones judiciales de 2024.

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DEFENSORÍA DEL PUEBLO SALUDA LA DECISIÓN DEL JUZGADO DE APOLO Y EXHORTA A QUE LAS AUTORIDADES DEL ESTADO PROTEJAN LOS DERECHOS Y GARANTICEN LA LABOR DE LOS PROTECTORES DE LOS DERECHOS HUMANOS Y DERECHOS DE LA MADRE TIERRA

29 de febrero de 2024

Habiendo conocido la decisión emanada de la Jueza de Apolo, Janeth Gladys Espinoza, respecto al proceso penal sobre la supuesta comisión de los delitos de difamación y calumnia contra los guardaparques del Servicio Nacional de Áreas Protegidas, RAUL ERASMO SANTA CRUZ GISBERT y MARCOS ENRIQUE UZQUIANO HOWARD, la Defensoría del Pueblo saluda la decisión de absolver por insuficiencia de pruebas a ambos servidores públicos, de los cargos por los que se los acusaba. 


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La Defensoría del Pueblo insta a Consejo Universitario de USFX a reconsiderar sus determinaciones que obligan a estudiantes a censarse en Sucre

26 de febrero de 2024

Causa gran preocupación la determinación del Consejo Universitario de la Universidad San Francisco Xavier que, luego del censo, todo estudiante universitario debe presentar su constancia de haber sido censado en la ciudad de Sucre o en las provincias donde existen unidades académicas de la Universidad Pública para presentarse al primer parcial de la gestión académica 2024.

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DEFENSORÍA DEL PUEBLO EXHORTA A LAS AUTORIDADES ADOPTAR LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA PRECAUTELAR EL DEBIDO PROCESO EN JUICIO CONTRA DOS GUARDAPARQUES

22 de febrero de 2024

Luego de que la autoridad jurisdiccional de Apolo, Janeth Gladys Espinoza, dispuso la suspensión de la audiencia de juicio oral dentro del caso seguido en contra de dos Guardaparques e instruir su desarrollo de manera presencial el 29 de febrero de 2024 para recibir la declaración de testigos de cargo y descargo, la Defensoría del Pueblo exhorta a la autoridad jurisdiccional la necesidad de adoptar las medidas necesarias para precautelar el debido proceso y garantizar la integridad personal de las partes que intervienen en el proceso; además de los principios de inmediación, celeridad, independencia, así como el de sana crítica a momento de la valoración de las pruebas.

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ESTADO DEBE PROTEGER LOS DERECHOS DE LOS DEFENSORES DE DD.HH. EN ASUNTOS AMBIENTALES Y DE LA MADRE TIERRA

19 de febrero de 2024

Es de conocimiento público el proceso penal iniciado contra de dos guardaparques del Servicio Nacional de Áreas Protegidas (SERNAP). Llama la atención que la institución a la que pertenecen se mantenga al margen del citado proceso y considere que el mismo es de carácter “privado”.

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RECHAZO AL HOSTIGAMIENTO QUE ADULTOS MAYORES Y NNA´s SUFRIERON POR PARTE DE GRUPOS Y PIDE NO PROMOVER ESPACIOS DE VIOLENCIA

30 de enero de 2024

El pasado lunes 29 de enero, en la ciudad de Cochabamba, un grupo de personas realizó un plantón frente a la vivienda donde habitan los familiares de la ciudadana Karen Lorena Gallardo Sejas con la consigna de su renuncia al cargo que actualmente estaría ejerciendo en el Tribunal Constitucional Plurinacional. Anoticiada de este hecho, la Defensoría del Pueblo, a través de la Delegación Departamental de Cochabamba, registró un caso y se constituyó en el sector en resguardo de los derechos e integridad de los afectados (familiares), entre ellos una persona adulta mayor, un niño y un adolescente; personas ajenas al motivo del plantón.

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DEFENSORÍA DEL PUEBLO URGE RESPETO DEL DERECHO A LA PROTESTA PACÍFICA Y REITERA AL ESTADO LA BÚSQUEDA DE SOLUCIONES

27 de enero de 2024

Ante la aprehensión de manifestantes en algunos puntos de bloqueo instalados en Potosí, Cochabamba y otras regiones, la Defensoría del Pueblo recuerda que la protesta es un derecho consagrado en la Constitución Política del Estado (Art. 21) y los instrumentos internacionales de Derechos Humanos (Arts. 13,15 y 16 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; Art. 20 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; y Art. 21 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, entre otros) que busca la reivindicación de otros derechos, por lo tanto, el Estado se constituye en el principal garante de su ejercicio, como parte de las libertades fundamentales de la democracia, sin embargo, la protesta debe ser pacífica y no violenta, pero fundamentalmente, no debe afectar los derechos de otras personas.

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EL ESTADO DEBE ABORDAR LA SITUACIÓN DE CONFLICTIVIDAD QUE PONE EN RIESGO LA CONVIVENCIA SOCIAL GARANTIZANDO EL EJERCICIO DE LA PROTESTA EN MARCO DE RESPETO DE DD.HH.

23 de enero de 2024

Desde el 13 de abril de 2023, fecha en que la Sala Constitucional de Beni, en un amparo constitucional, concedió la tutela y dejó sin efecto el reglamento y convocatoria para la preselección de candidatas y candidatos para las Elecciones Judiciales 2023 aprobado por la Asamblea Legislativa Plurinacional, el país atraviesa un periodo de incertidumbre y, al presente, de conflictividad, reflejada en protestas, movilizaciones y bloqueo de caminos indefinido en el eje troncal; a las cuales la Defensoría del Pueblo hace seguimiento dando prioridad de atención a poblaciones en situación de vulnerabilidad como mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad, niñas, niños, adolescentes, entre otros, terceros ajenos al conflicto.

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