Cumplimiento de la recomendación Defensorial

Arranca campaña de adscripción de la población LGBTI+ al Seguro Universal de Salud

Arranca campaña de adscripción de la población LGBTI+ al Seguro Universal de Salud



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omo parte de la promoción y protección del derecho de acceso a la salud de poblaciones en situación de vulnerabilidad la Defensoría del Pueblo activó la campaña para la adscripción al Sistema Único de Salud (SUS) de la población LGBTI+ (lesbianas, gais, bisexuales, transgénero, intersexuales y otras identidades de género y orientaciones sexuales). El Defensor del Pueblo, Pedro Callisaya señaló que esta iniciativa es resultado de una de las recomendaciones emanadas en el Informe Defensorial “Desiguales ante la Ley, Resultados y Análisis de la 1ra Encuesta Virtual para Personas con Diversa Orientación Sexual, Identidad y Expresión de Género en Bolivia”, presentado a finales de la gestión 2023. “En materia de salud, un dato completamente trascendente es que el 33 por ciento de la población encuestada señala que no tiene la cobertura de salud. Este es un dato muy importante, que demuestra la necesidad de tomar acciones en el tema salud y fundamentalmente porque el 65 por ciento de las personas encuestadas carece de información sobre los requisitos (para adscribirse al SUS) sin entrar en el tema de que el servicio salud pueda tener los servicios requeridos”, explicó Callisaya.

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n ese sentido, el Defensor del Pueblo, anunció el lanzamiento de la campaña denominada ‘SUS, Salud un derecho sin discriminación’ sobre la base del instructivo N°18/2025 emitido por el Ministerio de Salud y Deportes, que instruye a los servicios departamentales de salud a proceder a la adscripción al Sistema Único de Salud a las personas de la población LGBTI+”. La activista de la población LGBTI+ Antonella Canaza, remarcó la importancia de romper la brecha del acceso a la salud; asimismo, develó que una de las principales razones que impide que la población diversa se adscriba al SUS es el maltrato por parte algunos profesionales médicos. “Quienes deberían de protegernos, cuidarnos, son quienes menos nos comprenden, las personas que nos juzgan, critican y rechazan hace que no se quiera ir al Sistema Universal de Salud”, afirmó. La campaña "Salud un derecho sin discriminación" es el resultado de la articulación promovida por la institución defensorial, instituciones del Estado y las organizaciones de la sociedad civil, con el apoyo de la Cooperación Alemana (GIZ), a través del Proyecto ProIgualdad.

Resguardo del derecho de acceso a la salud

39 municipios consolidan oficinas del Defensor del Paciente en el país

 Promoviendo el acceso al derecho a la salud con calidad, calidez y sin discriminación el proyecto de defensores y defensoras del paciente funciona en 39 hospitales públicos y privados a nivel nacional. Esta iniciativa tiene como objetivo facilitar el relacionamiento médico-paciente – administrativo a través de una atención orientadora y/o preventiva, buscando la satisfacción del paciente y el respeto a sus derechos.
De acuerdo a reportes defensoriales, hasta septiembre del 2025, las oficinas del defensor del paciente atendieron un total de 368 denuncias o reclamos de pacientes o familiares, de los cuales un 99% (365) fueron solucionados. Por otro lado, realizaron un total de 2.378 acciones de oficio para solucionar problemáticas que se presentan en estos hospitales relacionados a la atención en salud.
La labor desarrollada por las oficinas del Defensor del Paciente refleja un avance significativo en la protección y garantía del derecho a la salud en Bolivia. “El hecho de que hasta septiembre del presente año se hayan solucionado el 99% de casos, demuestra el compromiso institucional con la defensa de los derechos de las y los usuarios del sistema público de salud”, remarcó el Defensor del Pueblo, Pedro Callisaya.

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esde la gestión 2012, la Defensoría del Pueblo impulsa la creación de las oficinas del Defensor del Paciente en hospitales públicos, de la Seguridad Social a Corto Plazo y privados, para lo cual realiza gestiones ante los Servicios Departamentales de Salud (SEDES), Gobiernos Autónomos Municipales, las Direcciones de los hospitales, y autoridades públicas o privadas involucradas en la temática de salud. En contraparte, la Defensoría del Pueblo ofrece apoyo técnico de capacitación sobre las atribuciones y competencias de las y los defensores del paciente, un sistema informático para el registro de los reclamos, procesos de capacitación en derechos humanos a todo el personal de salud del hospital, seguimiento y apoyo permanente a estas oficinas. Si bien el personal designado como defensores y defensoras del paciente no son personal de la Defensoría del Pueblo, ya que son nombrados por las instancias que apuestan por el proyecto (direcciones de hospitales, GAMs, SEDES, entre otros), se constituyen en parte fundamental de la institución defensorial ya que asumen el rol de defensores de derechos humanos en materia de salud.

Acciones constitucionales resguardan derecho de acceso a la salud de usuarios de bancos de sangre de El Alto y Pando

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n resguardo del derecho a la vida, al acceso a la salud y a una atención digna, la Defensoría del Pueblo como parte de sus acciones enmarcadas en el litigio estratégico presentó dos iniciativas de Acción Popular para asegurar el funcionamiento del Banco de Sangre de la ciudad de El Alto y el Banco de Sangre Referencial de Pando. El 23 de octubre, el Tribunal de Sentencia N° 2 del Tribunal Departamental de Justicia de Pando concedió en parte la tutela en la acción de libertad interpuesta por el Defensor del Pueblo, Pedro Callisaya, en representación sin mandato de dos personas y pacientes del Hospital Roberto Galindo Terán, en contra del Gobernador del departamento de Pando, Regis Richter, para asegurar el funcionamiento del Banco de Sangre Referencial de Pando. La Resolución dispone que la Gobernación de Pando efectúe de forma inmediata la modificación presupuestaria para asignar recursos económicos al Banco de Sangre y a instituciones que atienden a poblaciones en situación de vulnerabilidad como el SEDEGES y el pago de prediarios; entre otras disposiciones. En mayo de 2025, la Defensoría del Pueblo, en el marco de sus atribuciones constitucionales y la Ley N.º 870, presentó una acción popular en representación de los habitantes de la ciudad de El Alto y municipios aledaños, solicitando el resguardo del acceso irrestricto a la salubridad pública garantizando la continuidad de atención del Banco de Sangre de El Alto y se asuman medidas efectivas e inmediatas. La Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz concedió en parte la tutela de esta acción y ordenó al Ministerio de Salud y Deportes convocar al GAM El Alto, al GAD La Paz y al SEDES para acordar un convenio administrativo que viabilice la administración del Banco de Sangre El Alto, en cumplimiento de la Resolución Ministerial N.º 0527 de 15 de diciembre de 2021. Con estas acciones constitucionales, la Defensoría del Pueblo fortalece el resguardo del funcionamiento de ambos bancos de sangre y materializa los derechos a la vida y a la integridad física de los pacientes del Hospital Roberto Galindo Terán y la ciudadanía que acude a ese servicio.

En cumplimiento de la Ley 1223 y el D. S. 4881

Amparo Constitucional sienta precedente para garantizar estabilidad laboral de pacientes con cáncer

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nte la denuncia de desvinculación de una madre de tres niños (de 10, 8 y 3 años), diagnosticada con cáncer en el transcurso de su contrato eventual en la Cámara de Senadores, el Defensor del Pueblo, Pedro Callisaya, activó un Amparo Constitucional orientado a garantizar el cumplimiento la Ley N° 1223 del Cáncer y el Decreto Supremo N° 4881. En respuesta a esta acción, la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, concedió tutela a la acción de amparo constitucional presentada por el Defensor del Pueblo, ordenando la reincorporación laboral y el pago de salarios devengados, con lo cual se sienta un precedente jurisprudencial en defensa de los derechos laborales de pacientes oncológicos. “Este es un gran logro que va a beneficiar a todas las personas enfermas con cáncer en su actividad laboral, para que se cumpla la normativa que les da estabilidad laboral, a sola presentación de un certificado médico de un especialista oncológico”, señaló el Defensor del Pueblo, Pedro Callisaya. Al conocer el caso, la Defensoría del Pueblo intervino por la vía persuasiva para restituir a la madre y sus hijos, su derecho a la salud, alimentación, estabilidad laboral y seguridad social; al no tener respuesta favorable, presentó una acción de Amparo Constitucional ante el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz. “Debemos preservar el fundamento de los derechos humanos: proteger la vida al ser humano”, apuntó la autoridad defensorial. La Ley N° 1223 del Cáncer y el Decreto Supremo N° 4881 establecen medidas específicas para proteger la estabilidad laboral de las personas con cáncer, su derecho a la salud y acceso a la seguridad social.

Verificativos defensoriales evidencian alza de precios y escasez de medicamentos

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esde junio de la gestión 2023 diferentes sectores como la industria farmacéutica boliviana, empezaron a manifestarse por la escasez del dólar y una posible elevación de costos de los medicamentos; para el 2024, se dio un desabastecimiento de determinados medicamentos, situación que se fue acrecentando en lo que va del 2025. Ante esta situación, que vulnera el derecho de acceso a la salud de la ciudadanía y en especial de poblaciones en situación de vulnerabilidad, la Defensoría del Pueblo ha realizado un seguimiento al comportamiento del alza de precios medicamentos, considerando las afectaciones directas a la población, ante la falta de un normal abastecimiento de medicamentos y dispositivos médicos en el país. Como parte de este trabajo, y el marco de las competencias institucionales, se realizaron una serie de actividades con el objetivo de incidir ante instancias estatales para que se garantice la provisión de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud, con énfasis en medicamentos para pacientes oncológicos y renales, puesto que el desabastecimiento y el alza de precios afecta de manera directa a la población en general y a grupos en situación de vulnerabilidad como pacientes con enfermedades crónicas, en particular. Entre las distintas acciones defensoriales, se sostuvieron reuniones con los actores involucrados en la temática como la Central de Abastecimiento y Suministros de Salud (CEASS); se realizaron reuniones con la Cámara de la Industria Farmacéutica Boliviana (CIFABOL), instancia que precisa 45 millones de dólares de manera trimestral para la adquisición de medicamentos e insumos. También se abrieron espacios con la Dirección General del Seguro Universal de Salud, para tratar el tema de la transferencia de presupuesto a las Gobiernos Autónomos Departamentales y estos a su vez a los Hospitales de tercer nivel para la compra de medicamentos.

NOVEDADES DE LA BIBLIOTECA DEFENSORIAL

Título: Informe Defensorial Beatriz: Incumplimiento a la implementación de la SCP. N.° 206/2014 en los Entes Gestores de Seguridad Social de Corto Plazo y la vulneración de derechos de las mujeres

Autor: Defensoría del Pueblo de Bolivia

Título: Informe Defensorial “Límites en la Implementación del Sistema Único de Salud”

Autor: Defensoría del Pueblo de Bolivia

Título: Informe Defensorial “Las Unidades de Oncología desde una Mirada de Derechos Humanos” situación de vulnerabilidad de las y los pacientes con cáncer en el sistema nacional de salud

Autor: Defensoría del Pueblo de Bolivia