10 AÑOS DE LA PROMULGACIÓN DE LA LEY N° 807 DE IDENTIDAD DE GÉNERO

10 AÑOS DE LA PROMULGACIÓN DE LA LEY N° 807 DE IDENTIDAD DE GÉNERO

21 de Mayo de 2026 03:35 pm

10 AÑOS DE LA PROMULGACIÓN DE LA LEY N° 807 DE IDENTIDAD DE GÉNERO

El 21 de mayo de 2016, Bolivia dio un paso histórico con la promulgación de la Ley N° 807 de Identidad de Género, resultado de años de lucha de la población transexual y transgénero y de organizaciones defensoras de derechos humanos. Esta norma reconoció el derecho de las personas trans a vivir conforme a su identidad de género, fortaleciendo el reconocimiento de su dignidad, igualdad y libre desarrollo de la personalidad.

 

La Ley N° 807 constituyó un avance importante para garantizar el ejercicio de derechos en condiciones de igualdad y no discriminación; sin embargo, la Sentencia Constitucional Plurinacional 0076/2017 restringió su alcance, generando limitaciones incompatibles con los estándares nacionales e internacionales de derechos humanos.

 

A diez años de su promulgación, se reconoce que esta ley ha permitido que muchas personas trans adecuen sus documentos oficiales y accedan a mejores condiciones para el ejercicio de sus derechos. Según datos del SERECI, reportados por el Observatorio de Derechos LGBT, durante la gestión 2025, 91 personas trans concluyeron el trámite de cambio de nombre, imagen y dato de sexo; no obstante, persisten barreras estructurales que limitan el ejercicio pleno del derecho a la identidad.

 

La Primera Encuesta Virtual para Personas con diversa orientación sexual, identidad y expresión de género evidenció que solo el 39,7% de las personas trans participantes realizó el trámite de cambio de identidad, identificándose como principal obstáculo la falta de información sobre el procedimiento (Defensoría del Pueblo, 2023). Asimismo, continúan registrándose requisitos injustificados, demoras excesivas, vulneraciones a la confidencialidad y prácticas discriminatorias en trámites administrativos, además del desconocimiento de la normativa y la insuficiente capacitación en instituciones públicas. Estas situaciones evidencian que el ejercicio pleno del derecho a la identidad aún no se encuentra plenamente garantizado para las personas trans en Bolivia.

 

Como Defensoría del Pueblo, expresamos nuestra preocupación ante cualquier intento de limitar o desconocer los derechos conquistados por la población trans. Exhortamos al Estado boliviano en todos sus niveles y a todas sus instituciones a garantizar la implementación efectiva de la Ley N° 807, fortalecer las acciones de protección y no discriminación, y evitar cualquier retroceso en los avances alcanzados en materia de derechos humanos.

 

La Defensoría del Pueblo es una Institución Nacional de Derechos Humanos con estatus “A”, con independencia y autonomía funcional, cuya misión es velar por la vigencia, promoción y cumplimiento de los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política del Estado y en los instrumentos internacionales, sin recibir instrucciones de otros órganos del Estado.

 

 

La Paz, 21 de mayo de 2026