DEFENSORÍA DEL PUEBLO RECHAZA LIMITACIÓN DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y EXHORTA AL ESTADO, GARANTIZAR SU EJERCICIO Y EL TRABAJO DE LA PRENSA
22 de julio de 2024
Al constituirse la libertad de
expresión en un derecho fundamental consagrado en el artículo 19 de la
Declaración Universal de Derechos Humanos de 1949, reconocido por Bolivia en el
artículo 106 de la Constitución Política del Estado (CPE), la Defensoría del Pueblo
recuerda que el ejercicio de este derecho es esencial para la preservación de
la democracia, porque está vinculado con otros derechos humanos y fundamentales.