Comunicado de la Defensoría del Pueblo 02-06-2026

Comunicado de la Defensoría del Pueblo 02-06-2026

02 de Junio de 2026 04:14 pm

Comunicado de la Defensoría del Pueblo 02-06-2026

La Defensoría del Pueblo informa a la ciudadanía que, en fecha 01 de junio de 2026, presentó ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) una Acción de Inconstitucionalidad Abstracta respecto de la Ley N.º 1732 de 26 de mayo de 2026.

La acción constitucional se interpone en el marco de las atribuciones conferidas a la Defensoría del Pueblo por la Constitución Política del Estado (CPE) y la normativa vigente, con la finalidad de que el TCP realice el correspondiente control de constitucionalidad sobre la referida norma.

La acción plantea, entre otros aspectos, la existencia de una presunta omisión legislativa derivada de la abrogación de la Ley N.º 1341 de Estados de Excepción, considerando el mandato contenido en el artículo 139 de la CPE.

Es importante aclarar que esta acción no tiene por objeto impedir que el Estado ejerza las atribuciones que la Constitución le reconoce para proteger a la población frente a situaciones extraordinarias. La preocupación de la Defensoría del Pueblo radica en que la CPE establece expresamente que los estados de excepción deben estar regulados por ley, a fin de garantizar reglas claras, controles democráticos, mecanismos de supervisión y la protección efectiva de los derechos fundamentales.

La norma abrogada contemplaba mecanismos de control y seguimiento durante la vigencia de un estado de excepción, otorgando a la Defensoría del Pueblo facultades para supervisar la actuación estatal, elaborar informes sobre la vigencia de los derechos humanos, acceder a información pública vinculada a las medidas adoptadas y formular recomendaciones a las autoridades competentes. Estos mecanismos estaban orientados a fortalecer la transparencia, la rendición de cuentas y la protección de la población.

La acción presentada busca que cualquier medida extraordinaria que eventualmente pudiera adoptarse cuente con límites precisos, mecanismos de control institucional y garantías suficientes para toda la población boliviana. La existencia de una ley que regule los estados de excepción protege a todas las personas: familias, trabajadores, comerciantes, productores, transportistas, pacientes y servidores públicos que hoy demandan seguridad, abastecimiento y respeto al orden constitucional.

En la misma línea, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) tomó nota de la abrogación de la Ley N.º 1341 y recordó que las obligaciones internacionales del Estado boliviano en materia de derechos humanos permanecen plenamente vigentes, incluso en contextos de conflictividad social y eventuales medidas extraordinarias.

La acción presentada ante el TCP tiene por objeto que el máximo intérprete de la Constitución analice la compatibilidad de la norma impugnada con los principios, derechos y garantías establecidos en la CPE, en concordancia con los estándares internacionales de derechos humanos.

La Defensoría del Pueblo reafirma su respeto a la independencia de los órganos del Estado y a las competencias del TCP para resolver las cuestiones sometidas a su conocimiento. La institución continuará ejerciendo sus atribuciones constitucionales en defensa de los derechos humanos, el fortalecimiento del Estado de Derecho y la vigencia plena de las garantías reconocidas por la CPE.

La Paz, 02 de junio de 2026.