DEFENSOR DEL PUEBLO AFIRMA QUE TUTELA SOBRE EL SERVICIO DE RECOJO DE BASURA SIENTA UN PRECEDENTE Y CONSTITUYE UNA GARANTÍA DE NO REPETICIÓN
27 de Agosto de 2026 03:15 pm
La Paz, 27 de agosto de 2026 (UCOM-DPB).- El Defensor del Pueblo, Pedro Callisaya Aro, afirmó que la resolución emitida por la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, tras la acción popular interpuesta por la Defensoría del Pueblo, trasciende la atención de la emergencia generada por la acumulación de residuos sólidos y establece una garantía de no repetición, en resguardo de los derechos a la salud y a un medio ambiente sano de la población paceña.
“La gran ganancia y el gran avance que se tiene es que la Sala Constitucional ha declarado que no se puede reiterar otra vez la suspensión del servicio de recojo de basura”, subrayó Callisaya durante una conferencia de prensa, al referirse a la determinación judicial emitida el 26 de agosto.
La resolución constitucional concedió la tutela solicitada por el Defensor del Pueblo y dispuso que el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz y la empresa La Paz Limpia, de acuerdo con sus atribuciones y competencias, concluyan el recojo de los residuos sólidos acumulados en la ciudad.
Asimismo, en aplicación del principio precautorio, la Sala Constitucional determinó que los codemandados no repitan la interrupción del servicio de aseo, recojo de basura y tratamiento de residuos sólidos, de acuerdo con sus competencias, atribuciones y obligaciones.
La determinación también establece que las autoridades demandadas deben remitir informes escritos a la Sala Constitucional y al Defensor del Pueblo sobre el cumplimiento de lo dispuesto, a efectos de verificar su cumplimiento y, de corresponder, adoptar las medidas previstas por ley.
En ese marco, la Defensoría del Pueblo realizará el seguimiento correspondiente a la resolución constitucional y a los informes que deben presentar las instituciones demandadas, con el propósito de contribuir a que la prestación del servicio se mantenga de manera continua, adecuada y sin nuevas interrupciones que puedan poner en riesgo los derechos de la población.


