Defensora demanda al Gobierno ampliar el alcance del Bono Familiar y Canasta Familiar a poblaciones y grupos que fueron excluidos

Defensora demanda al Gobierno ampliar el alcance del Bono Familiar y Canasta Familiar a poblaciones y grupos que fueron excluidos

05 de Abril de 2020 12:00 am

Defensora demanda al Gobierno ampliar el alcance del Bono Familiar y Canasta Familiar a poblaciones y grupos que fueron excluidos

La Defensoría del Pueblo demandó al Gobierno mejorar y ampliar el alcance del Bono Familia y el pago de la Canasta Familiar para beneficiar a grupos en situación de vulnerabilidad que no fueron considerados, como los estudiantes de centros de educación especial y de nivel secundario, personas con discapacidad  leve y moderada y jubilados con una renta reducida, en el marco del principio de no discriminación e igualdad.

La Defensora del Pueblo, Nadia Cruz, destacó la decisión del Gobierno de entregar estos bonos como un mecanismo para atenuar las necesidades y condiciones de desigualdad de ciertos sectores de la población, durante la crisis sanitaria que vive el país por el COVID-19; sin embargo lamentó que varios grupos vulnerables hayan quedado excluidos de estos beneficios, al igual que otros como artesanos, choferes y artistas callejeros que también deberían ser incluidos.

 “La protección social en contextos como el que atraviesa la humanidad con la entrega del Bono Familia y la Canasta Familiar, para ser un mecanismo efectivo debería reducir las vulnerabilidades de toda la población, entendiendo la situación socio-económica del país y que muchas familias encuentran afectados sus ingresos por la cuarentena que ha frenado actividades de la vida cotidiana y que deberán incurrir en costos de alimentación, higiene y otros gastos adicionales durante este periodo”, manifestó.

Observó que el Bono Familia, que alcanza a 500 bolivianos, no ha considerado a niñas y niños de centros de Educación Especial, los cuales por su misma condición al igual que todos los demás y con especial énfasis, merecen protección integral del Estado, la familia y la sociedad; así como los adolescentes que cursan el nivel de educación secundaria, máxime si se considera que la adolescencia constituye una etapa de desarrollo trascendental del ser humano que requiere atención y protección especial.

Cruz dijo, además, que no existe suficiente información para acceder de forma adecuada y oportuna a esta medida ni la reglamentación que deben emitir los Ministerios de Economía y Finanzas Públicas, y de Educación, encargados de dicho procedimiento conforme a la normativa, lo cual ha generado expectativas a la población beneficiaria que recién podrá acceder al Bono el 15 de abril.

Respecto del pago de la Canasta Familiar, que es de 400 bolivianos, la Defensora observó que este beneficio excluye a personas con discapacidad leve y moderada y a personas con discapacidad grave y muy grave, que debido a la inserción laboral de sus padres, madres, cónyuges o tutores en entidades públicas y privadas no cobran el bono mensual. 

“Preocupa que la base de datos que se empleará para hacer efectivo el pago, excluye a personas con discapacidad que en un determinado mes se encuentran trabajando y las que no cuenten carnet de discapacidad vigente, por lo que es indispensable que el pago se realice con los datos contenidos en el Sistema del Programa de Registro Único de Personas con Discapacidad que contiene información del total de personas con discapacidad registradas a nivel nacional”, indicó.

La Federación Boliviana de Personas con Discapacidad Intelectual (FEBOLDI), la Federación Boliviana de Personas Sordas (FEBOS), la Federación Nacional de Hipoacúsicos Bolivia (FENAHIBO) y la Federación Inclusiva de Personas con Discapacidad, Madres, Padres y Tutores, remitieron notas a la Defensoría del Pueblo planteando que el pago de la Canasta Familiar también llegue a personas con discapacidad moderada, aspecto que debe ser tomando en cuenta toda vez que dicha población cuenta con el carnet de discapacidad respectivo.

Ante la existencia de personas con discapacidad grave y muy grave, que por su condición, están imposibilitadas de movilizarse, pidió que el cobro de este beneficio pueda cumplirse a través de terceras personas con la respectiva autorización de la o el titular del bono con el pago a domicilio. 

Asimismo y en el marco del principio de la no discriminación, planteó que este beneficio, además, beneficie a las y los jubilados cuya renta no alcanza para solventar una subsistencia adecuada,  tomando en cuenta que, de acuerdo a la Ley 985 existen rentas de jubilación que, con 10 de años de aportes, alcanza a 640 bolivianos;  con 11 años 696 bolivianos; con 12 años a 752 y con 13 años a 808 bolivianos mensuales.

Datos proporcionados por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS), muestran que al 31 de diciembre de 2019, se contabilizaron 1.079.580 beneficiarios del cobro de la Renta Dignidad, de los cuáles el 15,58% fueron Rentistas y el mayoritario 84,42% No Son Rentistas, por lo que destaca la determinación de otorgar la Canasta Familiar a ésta última población.

“Este beneficio, para que sea una medida efectiva, debiera considerar que, según datos del INE a febrero de 2020, la canasta familiar mensual alcanza a 1.600 bolivianos, más aún cuando según los resultados del último Censo Nacional de 2012, en Bolivia las familias tienen en promedio 3,5 miembros y que debido a la medida de cuarentena existe una natural variación en los precios de los alimentos de la canasta familiar, además de la especulación y agio que a la fechas todas y todos conocemos”, manifestó Cruz.

La Institución defensorial observa, igualmente, que si bien la otorgación de la Canasta Familiar beneficia a mujeres que reciben el Bono Juana Azurduy, no se especifica el alcance que tendrá a mujeres embarazadas que no tuvieron la posibilidad de inscribirse para percibir dicho bono, como sucede en muchos casos en mujeres privadas de libertad y pertenecientes a naciones y pueblos indígena, originario campesinos.

La Defensora expresó preocupación por la situación de los pueblos indígena originarios en situación de alta vulnerabilidad como los Ayoreo, Esse Ejja y Yuqui, cuyo estado de vulnerabilidad se agrava con la amenaza del COVID-19; el escaso acceso a los servicios de salud en comunidades; la restricción en el uso del transporte y carreteras; falta de alimentación adecuada; y situaciones específicas de exclusión y marginación social.

Ante ello, pidió tomar en cuenta lo señalado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que el 20 de marzo, a través de  un comunicado, llamó la atención de los Estados manifestando su preocupación porque los procesos pandémicos producen impactos desproporcionados en las poblaciones con mayores dificultades de acceso a las instalaciones y tecnologías de atención de salud dentro de los países, como los pueblos indígenas. 

La Defensora exhortó al Ejecutivo y al Legislativo a adoptar medidas afirmativas a favor de otras poblaciones que se encuentran en condiciones de vulnerabilidad, acorde a los pronunciamientos de diferentes organizaciones conocidos los últimos días, debiendo considerar a personas de todas las edades con determinadas afecciones de base o enfermedades crónicas; personas con escasos recursos y que dependen del comercio informal como artesanos y comerciantes;  personas que viven con VIH/SIDA;  pueblos indígenas altamente vulnerables y personas LGBTI.

Finalmente, recomendó adoptar medidas como la entrega de los bonos a domicilio o la inclusión de móviles bancarios, sobre todo para municipios del área rural y ciudades intermedias, ante las dificultades que implican el cobro a través de la banca, como los riegos de contagio, las limitaciones para la movilidad, en particular de las familias que viven en lugares alejados de instituciones bancarias y considerando las restricciones propias de la cuarentena, como la autorización de salida en días preestablecidos de acuerdo a la terminación del número de Cédula de Identidad.