DEFENSORÍA DEL PUEBLO ALERTA SOBRE BRECHA DE GÉNERO EN CANDIDATURAS SUBNACIONALES 2026 Y EXHORTA AL CUMPLIMIENTO EFECTIVO DEL CRITERIO DE PARIDAD EN LAS SUSTITUCIONES DE CANDIDATURAS
12 de Enero de 2026 07:31 pm
La Defensoría del Pueblo, en su calidad de Institución Nacional de Derechos Humanos, manifiesta su profunda preocupación ante la escasa presentación de mujeres en las listas de candidaturas habilitadas para las Elecciones Subnacionales 2026. Tras un análisis de los datos oficiales publicados por el Órgano Electoral Plurinacional el 11 de enero del presente año, se evidenció una brecha que compromete los derechos políticos de las mujeres en el país.
De acuerdo con el reporte del Tribunal Supremo Electoral, de un total de 74 candidaturas habilitadas para las gobernaciones, apenas 8 (10.81%) corresponden a mujeres, frente a 66 (89.19%) de varones. Esta exclusión estructural se replica en las alcaldías de ciudades capitales, donde de 108 candidaturas, solo 10 (9.26%) son mujeres, en contraposición al 90.74% de candidatos varones habilitados para los espacios de decisión local.
La institución defensorial recuerda que la Constitución Política del Estado en su artículo 26 establece que la participación política será equitativa y en igualdad de condiciones entre hombres y mujeres; en concordancia a la Ley N°026, del Régimen Electoral que en el artículo 11 establece la obligatoriedad de garantizar la paridad y alternancia en las candidaturas, buscando una representación equitativa.
A nivel internacional, este escenario contraviene los mandatos de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW). específicamente, la reciente Recomendación General N.º 40 (25 de octubre de 2024) del Comité CEDAW, que insta a los Estados a implementar la paridad como un "techo mínimo" en todas las esferas de toma de decisiones, demandando transparencia e integridad en los procesos de postulación y la aplicación de sanciones ante su incumplimiento.
En ese marco, la Defensoría del Pueblo exhorta a los partidos políticos, agrupaciones ciudadanas y alianzas a rectificar estas asimetrías e insta a utilizar el periodo de sustitución -vigente hasta el 5 de febrero de 2026- para integrar mujeres en cargos titulares, en estricta observancia del Artículo 38, Parágrafo IV del Reglamento de Inscripción.
Finalmente, se exhorta al Tribunal Supremo Electoral ejercer su rol como garante de la democracia intercultural y de género, asegurando que ninguna lista de sustitución sea admitida si no cumple con los criterios de paridad vertical y horizontal, tal como lo exige el bloque de constitucionalidad vigente.
La Paz, 12 de enero de 2026.


