Defensoría del Pueblo destaca que la violencia ginecoobstétrica, cibernética, sindical y el acoso callejero puedan ser tipificados dentro de la Ley 348

Defensoría del Pueblo destaca que la violencia ginecoobstétrica, cibernética, sindical y el acoso callejero puedan ser tipificados dentro de la Ley 348

20 de Julio de 2022 03:27 pm

Defensoría del Pueblo destaca que la violencia ginecoobstétrica, cibernética, sindical y el acoso callejero puedan ser tipificados dentro de la Ley 348

La Defensoría del Pueblo destacó la propuesta de sancionar la violencia ginecoobstétrica, la cibernética, la sindical, además del acoso callejero, que son incluidas en el anteproyecto normativo para el “Fortalecimiento de la Ley N° 348”.

El anteproyecto de ley presentado este martes al presidente Luis Arce, sanciona la violencia ginecoobstétrica con penas de tres a ocho años de prisión; la violencia cibernética o digital con dos a cuatro años de prisión; la sindical y el acoso callejero con sanciones administrativas.


La Defensora del Pueblo Nadia Cruz, destacó la propuesta legal para fortalecer la Ley 348 porque busca fortalecer los mecanismos de prevención, atención, protección, sanción y reparación integral a mujeres en situación de violencia, que se garantice el acceso a la justicia de manera pronta, oportuna y gratuita, sin discriminación alguna, así como el procesamiento y la sanción a los agresores, buscando la erradicación de la violencia contra las mujeres, en el ámbito público y privado.


De acuerdo a la revisión que se hizo al documento, dijo, se destaca, también, la implementación de dispositivos electrónicos de vigilancia y rastreo o manillas electrónicas, cuyo costo deberá ser asumido por el denunciado; el Certificado de No Violencia, la sanción penal por incumplimiento de deberes a las autoridades, servidores y servidoras públicos responsables de la no ejecución de los recursos económicos presupuestados para la lucha contra la violencia hacia las mujeres, y la obligatoriedad de los medios de comunicación (televisión, radioemisoras, medios escritos y digitales) en la difusión gratuita de información destinada a la prevención y educación.


Asimismo, se resalta la conformación del Modelo de Gestión y la Red Funcional de Lucha y Erradicación de la Violencia contra las mujeres; la regulación del régimen de medidas de protección especial a mujeres en situación de violencia; el establecimiento del procedimiento sancionador por hechos de violencia contra las mujeres en la vía penal y administrativa, entre otras.


Otro aspecto positivo para la Defensoría del Pueblo, es que se clarifica la situación de las mujeres transexuales y transgénero que sufren, directamente, un daño o un perjuicio a causa de una determinada acción u omisión que implique violencia.


Respecto al Modelo de Gestión y la Red Funcional de Lucha y Erradicación de la Violencia, se lo plantea como mecanismo de gestión y coordinación que integra redes (nacional, departamental y municipal) para garantizar el flujo y la articulación política, técnica, programática, financiera, de información y protección para la lucha y erradicación de la violencia.


Sobre la regulación del régimen de protección especial, se busca salvaguardar la vida, integridad física, psicológica, sexual; los derechos patrimoniales, económicos y laborales de las víctimas y de sus dependientes; así como establecer medidas vinculadas a la prohibición de contacto; a la posesión de bienes y situación habitacional; a la asistencia y cuidado de personas dependientes; al trabajo de la víctima y al tratamiento del denunciado a través de procesos reflexivos, educativos o psicológicos tendientes a la modificación de conductas violentas y delictivas.


Cruz dijo que, en relación al procedimiento sancionador, se valora que en el anteproyecto se proponga la creación de un sistema sancionador administrativo que dé solución a los hechos de violencia que no constituyan delitos, a través de multas económicas, la suspensión temporal, el pago de tratamiento psicológico, la terapia psicológica o productiva del agresor y el trabajo comunitario.


“Consideramos que todas las medidas descritas, coadyuvarán a erradicar la violencia contra las mujeres; sin embargo, debemos recordar al Estado boliviano, que se debe garantizar su promulgación y aplicación plena en el menor tiempo posible, para lo cual, será necesario una articulación entre los diferentes niveles de gobierno y Órganos del Estado, a fin de, garantizar a todas las mujeres el derecho a una vida digna y libre de violencia” remarcó la Defensora.


Foto: UCB