Defensoría del Pueblo detecta vulneración de derechos de la Comunidad Indígena Leco Santa Rosa de Guanay por la actividad de la empresa minera Mario Orihuela en un área de COFADENA

Defensoría del Pueblo detecta vulneración de derechos de la Comunidad Indígena Leco Santa Rosa de Guanay por la actividad de la empresa minera Mario Orihuela en un área de COFADENA

09 de Febrero de 2021 12:47 pm

Defensoría del Pueblo detecta vulneración de derechos de la Comunidad Indígena Leco Santa Rosa de Guanay por la actividad  de la empresa minera Mario Orihuela en un área de COFADENA

Fe de Erratas: Aclaramos que por imprecisiones incurridas en la presente nota de prensa, se realizaron las correcciones pertinentes en el titular y en la  redacción de dos párrafos.


La Defensoría del Pueblo verificó que las actividades mineras desarrolladas por la empresa minera Mario Orihuela en un área cedida por la Corporación de las Fuerzas Armadas para el Desarrollo Nacional (COFADENA) en el municipio de Guanay, La Paz, están vulnerando el derecho a un ambiente sano de la Comunidad Indígena Leco Santa Rosa de esa localidad, así como están afectando los derechos al agua, vida, salud, alimentación adecuada, vivienda y educación; razón por la que demanda a las autoridades nacionales tomar las acciones de seguimiento, control y fiscalización de la actividad para garantizar el ejercicio de los derechos vulnerados. 



“La Defensoría del Pueblo detectó que las actividades mineras auríferas llevadas a cabo en dicha comunidad vulnera el derecho a un medio ambiente sano, consagrado en el numeral 10, parágrafo II del Artículo 30 de la Constitución Política del Estado, además identificó la afectación a los derechos al agua, vida, salud, alimentación adecuada, vivienda y educación”, resaltó la Defensora del Pueblo, Nadia Cruz.


Esta institución defensorial ha verificado que esta actividad minera realizada  por la empresa Mario Orihuela Lipa, sobre el río Mapiri y zonas colindantes, área cuya titularidad es de COFADENA, ha ocasionado un impacto negativo en la calidad de los suelos, la biodiversidad y los recursos forestales en el territorio de la comunidad denunciante. También identificó la interrupción del acceso al agua para toda la población, la afectación al derecho a la vivienda de cuatro personas, así como de dos terrenos, la sede social, área escolar y del espacio funerario de esa comunidad.  


Santa Rosa forma parte del pueblo indígena Leco, cuyo territorio pertenece al TIOC de los Pueblos Indígenas Leco y Comunidades Originarias de Larecaja del departamento de La Paz, razón por la que goza de una protección especial por parte del Estado. Además, dadas sus características socioculturales y forma de vida, está íntimamente relacionada a la tierra, territorio y medioambiente, por lo que una actividad minera pone en riesgo su integridad física y cultural, además de vulnerar los derechos de la Madre Tierra establecidos en la Ley N° 071.


Pero el Estado no realiza controles ni fiscalización de las actividades mineras en ese territorio, y esta situación ha derivado en acciones de persecución y judicialización a los integrantes de la comunidad Leco Santa Rosa, así como en niveles de conflictividad con la intervención policial, que de no subsanarse podría repercutir en una afectación severa a los derechos de los habitantes de la comunidad. 


La investigación defensorial ha evidenciado, también, que no existen garantías para el cumplimiento efectivo del derecho constitucional a la consulta previa de las Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos en las áreas mineras pre-constituidas, aspecto que vulnera el derecho a la participación e información de las NPIOC; pero, además, su derecho a formar parte de las decisiones relativas al desarrollo mediante la extracción de recursos naturales no renovables en sus territorios, como establece el Convenio N° 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. 


Por esta razón, la Defensoría del Pueblo notificó una serie de recomendaciones a las autoridades de la Asamblea Legislativa Plurinacional, Ministerio de Medio Ambiente y Agua, Ministerio de Minería y Metalurgia, Ministerio de Gobierno, Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), Gobierno Autónomo Departamental de La Paz y Gobierno Autónomo Municipal de Guanay, para que asuman las acciones debidas de seguimiento, control y fiscalización de acuerdo con sus competencias; así como para establecer las políticas que correspondan para garantizar el ejercicio pleno de los derechos vulnerados identificados en el informe defensorial.


La Defensoría del Pueblo registró y hace seguimiento a seis conflictos relacionados con la actividad minera y que a la fecha persisten: el conflicto por la concesión minera a la empresa La Deseada en Mapiri, provincia Larecaja, La Paz; conflicto entre cinco cooperativas por su concesión minera en la localidad de Arcopongo en la provincia Inquisivi, La Paz; conflicto entre cooperativas mineras en Mapiri; denuncias de atropellos en trámites en la AJAM y de corrupción por incumplimiento de deberes en la provincia Sud Yungas por parte de cooperativas de Bolsa Negra; conflicto por la falta de cancelación de salarios en la empresa Pioneer Minning tras incorporación laboral en Potosí; y denuncias de mineros de base de la Cooperativa 9 de Abril en Potosí, contra sus dirigentes.