Defensoría del Pueblo exhorta urgente instalación de mesas departamentales de emergencia, para restituir el derecho a vivir en familia de niñas, niños y adolescentes en centros de acogida

Defensoría del Pueblo exhorta urgente instalación de mesas departamentales de emergencia, para restituir el derecho a vivir en familia de niñas, niños y adolescentes en centros de acogida

12 de Abril de 2021 01:15 pm

Defensoría del Pueblo exhorta urgente instalación de mesas departamentales de emergencia, para restituir el derecho a vivir en familia de niñas, niños y adolescentes en centros de acogida

La Defensoría del Pueblo observó, este lunes, pocos esfuerzos del Estado para garantizar a niñas, niños y adolescentes que se encuentran en centros de acogimiento, su derecho a vivir en familia, lo que se refleja en datos oficiales que señalan que hasta la gestión 2020 existían 449 niñas, niños y adolescentes registrados para adopción, frente a más de 5.500 que vivirían en 180 centros de acogida.

“De acuerdo a información del Tribunal Supremo de Justicia, el Registro Único de Adopción Nacional e Internacional –RUANI, instalado y funcionando en 70 juzgados a nivel nacional, a diciembre 2020 reportó  449 niñas, niños y adolescentes en situación de adoptabilidad en todo el país; asimismo, se tiene que en 2019 existían 5.678 niñas, niños y adolescentes en 180 centros de acogida de todo el país -de los cuales 136 cumplieron la mayoría de edad-, lo que significaría que solo el 7,9% de esta cantidad estarían en proceso de adopción”, observó la Defensora.

A esta situación se suma las irregularidades denunciadas por la Asociación Boliviana de Familias Adoptivas, que detalló que existirían  procesos de adopción archivados ante la aparente inexistencia de niñas, niños y adolescentes con extinción de autoridad paterna y materna; 145 solicitudes de emisión de certificado de idoneidad en espera; aproximadamente 100 familias a la espera de la admisión de sus demanda de adopción; 85 demandas admitidas, de las cuales 45 habrían sido archivadas al no existir NNA en situación de adoptabilidad; 40 procesos en espera de asignación de niñas y niños; y 167 personas en espera de los cursos de padres adoptivos.

Esta situación, enfatizó, evidencia fallas profundas en el sistema de protección a NNA, que en la práctica está asumiendo un rol vulnerador de los derechos de las niñas, niños y adolescentes institucionalizados y que; asimismo, precisó, según estos datos, la Ley 548 no se constituiría en un óbice para garantizar la protección de esta población, ni la Ley 1168 de Abreviación Procesal que debería garantizar la restitución del derecho humano a la familia de la niña, niño y adolescente,  por tanto, su modificación NO es el único mecanismo que permitiría garantizar y restituir el derecho a vivir en familia de las niñas, niños y adolescentes institucionalizados. 

Frente a las denuncias de posibles irregularidades, la Defensoría del Pueblo plantea la instalación de Mesas Departamentales de Emergencia por el Derecho a Vivir en Familia para iniciar la revisión de cada uno de los procesos de adopción en curso con la participación de instancias municipales, departamentales y judiciales y que los resultados de esta intervención aseguren la restitución del derecho a vivir en familia.

Estas Mesas Departamentales, en las que la institución defensorial compromete su apoyo y acompañamiento, permitirán abordar medidas urgentes que respondan decididamente a los principios de interés superior y prioridad absoluta, y a la responsabilidad que tiene el Estado de especial y reforzada protección de los menores, que han experimentado falta de cuidados, rechazo o maltrato por parte de las personas que debieran ser responsables de su cuidado.

El último estudio oficial sobre la situación de niñas, niños y adolescentes en acogimiento institucional, publicado el 2020 por UNICEF y el Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional, establece que uno de cada 715 niñas, niños y adolescentes se encuentra privado de cuidados parentales en el país, y que las causas de ingreso a los Centros de Acogida son: abandono y negligencia en un 52%, maltrato físico y psicológico en 13% y la situación económica deficitaria en un 6%. 

“La medida de protección de institucionalización es transitoria, y debe ser el último recurso a aplicarse por las autoridades judiciales; sin embargo, el estudio señala que el tiempo de permanencia en Centros de Acogida, en la gestión 2019, es: de 1 año y 9 meses para infantes de 0 a 3 años de edad; de 2 años y nueve meses para niños de 4 a 7 años de edad; de 4 años y 2 meses para niños de 8 a 11 años de edad, y 6 años y 4 meses para mayores de 12 años de edad”, subrayó la Defensora.

Foto: SEDEGES