Defensoría del Pueblo exige al Ministerio Público y a la Policía Boliviana ejecutar la detención preventiva del condenado por feminicidio liberado en Cochabamba

Defensoría del Pueblo exige al Ministerio Público y a la Policía Boliviana ejecutar la detención preventiva del condenado por feminicidio liberado en Cochabamba

07 de Mayo de 2021 12:28 pm

Defensoría del Pueblo exige al Ministerio Público y a la Policía Boliviana ejecutar la detención preventiva del condenado por feminicidio liberado en Cochabamba

La Defensoría del Pueblo exige al Ministerio Público y a la Policía Boliviana aplicar todos los mecanismos necesarios para ejecutar el mandamiento de detención preventiva en contra de Omar Ordoñez, quien, gracias a la decisión de la Sala Penal Primera de Cochabamba, presidida por la Vocal Mirtha Montaño, fue liberado y hoy se encontraría prófugo.

“Nos llama la atención que el condenado por feminicidio y su abogada no se hayan hecho presentes en la audiencia del día de hoy; y que la Presidenta de la Sala Penal Primera, pese a las solicitudes de la víctima y del Ministerio Público no haya efectuado la audiencia de forma presencial para garantizar la presencia de Omar Ordoñez”, observó la Defensora del Pueblo, Nadia Cruz.

Cruz, asimismo, observó que la autoridad judicial en la audiencia de este viernes, en la que debía nuevamente tratar la apelación al pedido de cesación de detención preventiva de Ordoñez, de nuevo efectuó actos reñidos a las obligaciones del Estado referidos a la debida diligencia en casos de feminicidio, pues no generó los mecanismos idóneos para asegurar que el condenado cumplirá la sanción impuesta por la autoridad penal y pretendió deslindar la responsabilidad por sus actos con un Tribunal inferior, con los abogados de la víctima y con el Ministerio Público.

La institución defensorial, que participó en la audiencia desarrollada este viernes observó que la vocal Montaño, nuevamente, expresó fundamentos alejados del juzgamiento con perspectiva de género, lineamiento que debe ser contemplado por las autoridades judiciales en cualquier determinación cuando el delito esté relacionado a violencia física, psicológica o sexual en contra de mujeres; asimismo, actuó de forma contraria a la orden inmersa en la sentencia emitida por la Sala Constitucional Primera de Cochabamba que, el pasado 4 de mayo que la obligaba a emitir una resolución bajo parámetros expresos.