DEFENSORÍA DEL PUEBLO EXPRESA PREOCUPACIÓN POR ANTEPROYECTO QUE ENDURECE PENAS CONTRA ADOLESCENTES
26 de Junio de 2025 06:05 pm
En el marco de su mandato constitucional, la Defensoría del Pueblo manifiesta su profunda preocupación ante el anteproyecto de ley anunciado por el Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional, que propone modificar el artículo 268 del Código Niña, Niño y Adolescente (CNNA), elevando significativamente las penas privativas de libertad para adolescentes entre 14 y 18 años.
La propuesta plantea ampliar la privación de libertad y de forma diferenciada por edades; de hasta 12 años para adolescentes de 14 a 16 años, y hasta 18 años para aquellos entre 16 y 18 años, en casos de delitos graves. Este enfoque contraviene el principio del interés superior del niño, consagrado en el art. 60 de la Constitución Política del Estado y en el art. 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, además de representar un retroceso en los avances normativos del Sistema Penal para Adolescentes (SPA) en Bolivia.
El art. 268 del CNNA establece un régimen de responsabilidad penal atenuada, priorizando medidas socio educativas por sobre la privación de libertad. Esta disposición fue construida en coherencia con estándares internacionales como las Reglas de Beijing y la Observación General N.º 24 del Comité de los Derechos del Niño, que exhorta a los Estados a no adoptar medidas regresivas ni aplicar penas equiparables a las del sistema penal de adultos.
A su vez, entre los hallazgos del Tercer Reporte del Observatorio Defensorial Judicial y Fiscal se evidencian que las y los adolescentes privados de libertad enfrentan condiciones estructurales de abandono, violencia y exclusión, en contextos marcados por pobreza, desintegración familiar, deficiencias en salud mental, acceso limitado a educación y escasos espacios de protección social.
En ese contexto, endurecer el régimen sancionador sin atender estos factores estructurales implica un grave debilitamiento del enfoque restaurativo que debe regir la justicia penal de adolescentes. Este tipo de reformas desconoce además que la privación de libertad debe ser excepcional, de corta duración y orientada a la reintegración social.
La Defensoría del Pueblo reitera que toda reforma al SPA debe tener como base el respeto a los derechos humanos y la promoción de procesos socioeducativos que favorezcan la responsabilización del hecho, la reparación del daño y la reintegración social, con operadores específicos y condiciones dignas.
En ese contexto, la Defensoría del Pueblo, insta a la Asamblea Legislativa Plurinacional a no aprobar reformas que vulneren principios constitucionales e internacionales ni desconozcan el carácter especializado del SPA; exhorta al Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional reorientar su propuesta legislativa, priorizando políticas de prevención, justicia restaurativa y reintegración; convoca a la conformación de una mesa técnica interinstitucional para evaluar el SPA desde un enfoque de derechos humanos; y recuerda que el Estado boliviano tiene la obligación de armonizar su legislación interna con la Convención sobre los Derechos del Niño y otras normas internacionales, evitando cualquier retroceso en la garantía de los derechos de adolescentes en conflicto con la ley penal.
La violencia ejercida por adolescentes no puede abordarse desde un enfoque punitivo, sino desde una política pública integral que fortalezca el rol de la familia, el acceso a servicios básicos, la educación en derechos y la prevención comunitaria. El Estado Plurinacional de Bolivia necesita respuestas estructurales que busquen atender el reconocimiento y la reparación del daño antes que el castigo que sólo perpetúan la exclusión.