DEFENSORÍA DEL PUEBLO HACE SEGUIMIENTO DEL DEBIDO PROCESO DE ACTIVISTA APREHENDIDO Y RECHAZA OBSTACULIZACIÓN DE ACCIONES COMO MNP

DEFENSORÍA DEL PUEBLO HACE SEGUIMIENTO DEL DEBIDO PROCESO DE ACTIVISTA APREHENDIDO Y RECHAZA OBSTACULIZACIÓN DE ACCIONES COMO MNP

07 de Julio de 2024 09:53 pm

DEFENSORÍA DEL PUEBLO HACE SEGUIMIENTO DEL DEBIDO PROCESO DE ACTIVISTA APREHENDIDO Y RECHAZA OBSTACULIZACIÓN DE ACCIONES COMO MNP

La Defensoría del Pueblo hace el seguimiento al debido proceso del ciudadano Fernando Hamdan, presidente de la Comisión Iberoamericana de Derechos Humanos para el Desarrollo de las Américas (CIDHPDA), quien, la madrugada del domingo 7 de julio del 2024, fue aprehendido en Santa Cruz y trasladado a la ciudad de La Paz en el marco de los hechos sucedidos el 26 de junio pasado.


Asimismo, de acuerdo a la aplicación del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos y Degradantes, la institución defensorial, en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, mediante una comisión de profesionales, se constituyó en instalaciones de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), para velar por el derecho a la integridad del privado de libertad, trabajo que se inició desde el mediodía y fue obstaculizado por varias horas, hasta que pasada las 19:00 horas, finalmente se logró el contacto con el ciudadano y se constató que su integridad física no fue afectada y cuenta con dos abogados particulares.

La Defensoría del Pueblo rechaza rotundamente la obstaculización del trabajo que realiza en atención a la defensa de los derechos humanos de las y los privados de libertad. Es imperativo recordar al Estado que, el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura tiene acceso irrestricto a cualquier lugar de detención, incluidos celdas policiales y centros penitenciarios en todo del país para velar por el estado de salud y la integridad de las personas que ahí se encuentren y durante su permanencia con acciones prontas y oportunas, a fin de prevenir posibles hechos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y se respeten los derechos de las personas arrestadas, aprehendidas, o sometida a cualquier tipo de privación de libertad o custodia por parte del Estado.

La Paz, 7 de julio de 2024