Defensoría del Pueblo logra que tribunal de garantías ordene a la AFP Futuro restablezca la pensión por invalidez que suspendió a una persona con discapacidad

Defensoría del Pueblo logra que tribunal de garantías ordene a la AFP Futuro restablezca la pensión por invalidez que suspendió a una persona con discapacidad

25 de Julio de 2022 02:44 pm

Defensoría del Pueblo logra que tribunal de garantías ordene a la AFP Futuro restablezca la pensión por invalidez que suspendió a una persona con discapacidad

La Defensoría del Pueblo logró que un tribunal de garantías falle en favor de E.L.R.T., una joven con discapacidad, y ordene a la AFP Futuro Bolivia S.A. restablecer el pago de la pensión por invalidez vitalicia que le había suspendido, así como a realizar un pago retroactivo de las rentas devengadas desde febrero de este año. 

La Institución Defensorial, el 16 de mayo de este año interpuso una acción de amparo constitucional en contra de esa AFP por haber suspendido de forma indebida la pensión de invalidez, y contra la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS) por no haber garantizado el cumplimiento de sus propias determinaciones. El 21 de julio, la Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz resolvió conceder en parte la protección solicitada en favor de la afectada.

“El fallo también establece que se realicen los aportes al ente gestor de salud para que se active el seguro de salud que con tanta urgencia requiere la beneficiaria para continuar con los tratamientos y controles médicos que necesita”, indicó la Defensora del Pueblo, Nadia Cruz.

E.L.R.T. fue reconocida por la AFP Futuro de Bolivia S.A como derechohabiente de su padre fallecido; posteriormente, se inició un trámite administrativo sancionatorio por parte de la entonces Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones (APS) en contra de la AFP en el cual se determinó que ésta debía efectuar el pago de la pensión con recursos propios. Cruz explicó que esta determinación, tras agotar los recursos de revocatoria y jerárquico, se encuentra firme en sede administrativa y es de cumplimiento obligatorio.

La beneficiaria, tiempo después fue diagnosticada con graves enfermedades mentales por su seguro de salud, las que le provocaron una invalidez permanente y total, por lo que en junio de 2021 solicitó a la AFP Futuro de Bolivia S.A., antes de cumplir los 25 años, la ampliación de la renta de orfandad que percibía por su condición de salud.

Esa entidad, el 29 de diciembre de 2021, dio curso a la solicitud presentada por la beneficiaria, previa verificación del cumplimiento de todos los requisitos presentados por ella, incluso, se realizó el pago de la pensión por invalidez vitalicia correspondiente a enero de 2022 reconociéndole sus derechos; sin embargo, de forma indebida y arbitraria suspendió el pago de la pensión de invalidez vitalicia por cuestiones administrativas, ocasionándole graves perjuicios, incluso la suspensión del seguro de salud.

Esta decisión arbitraria le fue comunicada a E.L.R.T. en marzo de 2022, y ante una situación de daño inminente a la vida y salud de una persona con discapacidad, la Defensoría del Pueblo presentó la acción de amparo constitucional.