Defensoría del Pueblo presenta ante el TCP acciones para declarar inconstitucional los decretos que restringen la libertad de expresión y viabilizan los transgénicos en el país
14 de Mayo de 2020 11:15 am
La Defensora del Pueblo, Nadia Cruz, este
jueves, presentó dos acciones de inconstitucionalidad abstracta, en contra de
los decretos que viabilizan la introducción de semillas transgénicas en el país
y restringen la libertad de expresión en cuanto a temas referidos a la pandemia
del COVID-19, porque considera que son inconstitucionales, entre otras razones.
El Decreto Supremo 4232, que autoriza un
proceso abreviado de evaluación de las semillas transgénicas del maíz, caña de
azúcar, algodón, trigo y soya, viola el derecho a la seguridad alimentaria,
transgrede el principio de supremacía constitucional y el de reserva legal, y
atenta contra la biodiversidad de semillas originarias y diversas como el maíz,
explicó la Defensora, quien llegó a la capital del país para presentar ante el
Tribunal Constitución Plurinacional, las dos acciones.
(Descarga el documento: Acción de Inconstitucionalidad - Transgénicos)
Señaló, asimismo, que la Disposición Adicional Única del Decreto Supremo 4231, el artículo 7 parágrafo II del Decreto Supremo 4199 y el artículo 13 en su parágrafo II del Decreto Supremo 4200 son incompatibles con la constitución, porque vulneran el precepto de la libertad de información y de opinión y porque cualquier restricción a este principio sólo puede establecerse por ley.
(Descarga el documento: Acción de Inconstitucionalidad - Libertad de expresión)
Respecto
a los transgénicos, observó que el artículo
409 de la Constitución Política del Estado señala que la
producción, importación y comercialización de transgénicos será regulada por ley
y no por un decreto, como pretende el Gobierno Nacional.
Detalló que ese decreto se constituye
en una norma que afecta el derecho a la seguridad alimentaria, con lo cual se vulnera
el principio de reserva legal, pues tales aspectos sólo pueden ser
desarrollados por una ley. También alertó que se atenta contra la seguridad
alimentaria al reducir los protocolos para determinar si el consumo y uso de
semillas transgénicas son seguras para la salud y el medioambiente.
La Defensora añadió que esa norma atenta
contra la diversidad genética de semillas como las del maíz, que tiene las
características de ser centro de origen, diversidad, patrimonio genético.
Con relación a la libertad de expresión,
apuntó que esos decretos restringen la expresión libre de opiniones, consagrado
como derecho fundamental por la Constitución Política del Estado y que se
constituye en pilar del sistema democrático, y recurren a la vía penal sin
explicar razones y utilizando términos vagos y susceptibles de cualquier
intromisión arbitraria.
“En Bolivia, la Asamblea Legislativa Plurinacional es la
única que se encuentra con la legitimidad constitucional para limitar derechos
fundamentales, pero bajo los principios de proporcionalidad y razonabilidad. En
otras palabras, cualquier restricción de los derechos fundamentales, como el de
la libertad de información y opinión, pasa necesariamente por un diálogo
democrático en el Órgano Legislativo”, enfatizó la Autoridad.
Por lo expuesto, pidió al Tribunal
Constitucional Plurinacional “expulsar del ordenamiento jurídico” a los
referidos decretos por ser inconstitucionales.