Defensoría del Pueblo propone ampliar el alcance del indulto y amnistía para frenar el contagio masivo en cárceles

Defensoría del Pueblo propone ampliar el alcance del indulto y amnistía para frenar el contagio masivo en cárceles

13 de Julio de 2020 12:49 pm

Defensoría del Pueblo propone ampliar el alcance del indulto y amnistía para frenar el contagio masivo en cárceles

La Defensoría del Pueblo propone ampliar el alcance del Decreto Presidencial 4226 de Amnistía e Indulto, ante la urgente necesidad de reducir los niveles de hacinamiento en los centros penitenciarios y frente a la crítica situación que enfrentan las y los privados de libertad, agravada por la pandemia de la COVID-19.

La propuesta defensorial plantea la incorporación de las figuras del indulto parcial, indulto conmutativo y otorgación de amnistía e indulto por donación de plasma hiperinmune; asimismo, propone la flexibilización de la reincidencia y beneficio por amnistía o indulto. 

 

“Esta propuesta surge como respuesta a la grave y crítica situación de las personas privadas de libertad, que la Defensoría ha evidenciado en las verificaciones realizadas durante la pandemia, situación que ha empeorado en este periodo, lo cual se refleja en la cantidad de muertes por coronavirus, casos positivos por contagio y casos sospechosos en los penales del país, a lo que se suman las carencias en cuanto a la atención en salud”, manifestó la Defensora del Pueblo, Nadia Cruz.

 

Según datos hechos públicos, existirían 40 privados de libertad fallecidos en todo el país, además de 159 casos positivos de COVID-19 y 188 sospechosos. Ante esta situación, la Defensora indicó que es urgente que Régimen Penitenciario implemente centros de aislamiento para personas privadas de libertad, en espacios fuera de los recintos carcelarios considerando los actuales niveles de hacinamiento, que a abril de este año sobrepasaba el 169% de la capacidad carcelaria con 18.260 internas e internos, y el inminente riesgo de afectación a la vida y salud si no se tienen acciones efectivas para frenar el contagio.

 

Cruz observó que no se asumieron medidas oportunas, proporcionales ni efectivas que tengan impacto en la reducción del hacinamiento,que permitiría prevenir un contagio masivo al interior de los penales, que a abril de 2020 alcanzaba a 169,75% de de hacinamiento (total población penitenciaria 18.260 ppl) el dato se obtuvo de declaraciones de la UNODC, debido a que DGRP recién sacaran su reporte en este mes. situación que se denunció en un informe especial remitido a la Relatoría sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

 

“A este escenario se suman los encarcelamientos en el periodo de cuarentena que agravan un sistema colapsado, asimismo, se han impuesto restricciones innecesarias que limitan revaluar alternativas a la prisión preventiva, aspectos que no responden a la emergencia sanitaria declarada por la pandemia, contribuyendo a eventuales riesgos de contagio de la pandemia en la población penitenciaria”, señaló la Defensora.

 

En el informe, la Defensoría del Pueblo observa como una de las debilidades en la implementación de Decreto Presidencial, la falta de recursos humanos en Servicio Plurinacional de Defensa Pública y que las instituciones responsables de su aplicación no han logrado una efectiva coordinación para agilizar los trámites.

 

Además, advierte de las precarias condiciones de las cárceles y carceletas, que expone a esta población a riesgos de contagios masivos por coronavirus; que a pesar de la existencia del “Plan de Acción y Contingencia en los Centros Penitenciarios frente al Coronavirus COVID-19”, desde el inicio de la cuarenta no se observó la adopción de medidas para mejorar las condiciones físicas en los recintos carcelarios; y que por la paralización de actividades no se cumplió con la entrega programada de nuevas infraestructuras, como es el caso de la Carceleta Pública de Riberalta en el Beni.

 

Esta realidad se hace aún más crítica con la deficiente atención en salud por el insuficiente personal médico, lo que impide hacer un seguimiento y control médico a las y los internos, situación que persiste frente a la actual emergencia sanitaria.

 

Sobre el pedido de ampliar el alcance del Decreto Presidencial, Cruz explicó que la propuesta de indulto parcial consiste en la reducción de la pena de las personas privadas de libertad que se encuentren prontas a cumplir su sentencia o que se encuentren con beneficios de extramuro o libertad condicional; es decir, que se les indultaría hasta un máximo de tres años, restándole este tiempo a la condena por cumplir.

 

El indulto conmutativo se refiere al cambio del lugar del cumplimiento de la medida privativa de libertad; aplicable a las personas privadas de libertad que les resta por cumplir hasta un máximo de tres años de condena y que podrán optar por la reclusión domiciliaria.

 

El indulto por donación de plasma hiperinmune, considerando el contexto de la pandemia y la escases de donantes, según la Defensora, se constituye en una forma de retribución a la sociedad por los delitos cometidos; en esa línea, se plantea la modificación del Artículo 2 del Decreto Presidencial 4226, incorporando en el ámbito de aplicación a las personas donantes de plasma hiperinmune, para que las mismas puedan acogerse a estos beneficios.

 

En relación a la flexibilización de la reincidencia y beneficio por amnistía o indulto, la propuesta consiste en limitar la exclusión establecida en el numeral 8 del Artículo 3 del Decreto Presidencial 4226, a las personas que se hayan beneficiado de la amnistía e indulto con el Decreto Presidencial 3756.

 

La propuesta de ampliación del Decreto Presidencial 4226, mantiene las exclusiones establecidas en el Artículo 3 de la referida norma que impide que puedan acogerse  a estos beneficios las personas procesadas o condenadas por los delitos de homicidio, asesinato, feminicidio, parricidio, infanticidio, violencia familiar o doméstica, trata de personas, tráfico de migrantes, violación, violación de infante, niña, niño o adolescente, estupro, robo agravado, secuestro y todos los otros delitos descritos en  dicho articulado.