DEFENSORÍA DEL PUEBLO RECHAZA EXPRESIONES RACISTAS Y DISCRIMINATORIAS E INSTA A DESARROLLAR ACCIONES URGENTES

DEFENSORÍA DEL PUEBLO RECHAZA EXPRESIONES RACISTAS Y DISCRIMINATORIAS E INSTA A DESARROLLAR ACCIONES URGENTES

08 de Octubre de 2025 03:16 pm

DEFENSORÍA DEL PUEBLO RECHAZA EXPRESIONES RACISTAS Y DISCRIMINATORIAS E INSTA A DESARROLLAR ACCIONES URGENTES

La Defensoría de Pueblo rechaza las expresiones vertidas en un foro transmitido en una red social por un diputado electo, refiriéndose con comentarios altamente racistas y discriminatorios hacia las personas que tienen una práctica cultural (acullico) que, lejos de limitarse a las regiones del altiplano, forma parte del patrimonio ritual y cultural relacionado al trabajo y reconocido constitucionalmente.

Cabe recordar que la hoja de coca, conforme señala la Constitución Politica del Estado y la Ley General de la Coca, está reconocida como patrimonio cultural, recurso natural renovable de la biodiversidad de Bolivia, y como factor de cohesión social, símbolo de integración, reciprocidad y desarrollo. Asimismo, se encuentra plenamente vigente la Ley N.° 045 Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación, junto con los instrumentos internacionales que protegen las prácticas culturales y se sanciona toda expresión racista y discriminatoria, por lo que, este tipo de manifestaciones representan un retroceso en el ejercicio pleno de la democracia, especialmente cuando provienen de autoridades electas, quienes tienen el deber de promover y respetar el marco legal vigente, y respetar las diferentes cosmovisiones y prácticas existentes en nuestro país.

En ese sentido, se insta al Tribunal Supremo Electoral a aplicar el Reglamento de Faltas Electorales y Sanciones en cuanto a lo dispuesto en el inciso g) del Artículo 25 que establece sanciones aplicables a partidos políticos, agrupaciones ciudadanas y organizaciones de naciones y pueblos indígena originario campesinos. Del mismo modo a implementar medidas preventivas para que en lo que resta del proceso electoral estos hechos no se repitan, sin perjuicio de que, en caso de corresponder se inicien las acciones penales correspondientes en el marco de la Ley Nro.045.

Las autoridades y servidores públicos tienen la obligación de promover el respeto a los derechos humanos y a trabajar de forma comprometida para evitar vulneraciones de los derechos humanos, garantizar el cumplimiento del marco normativo y fortalecer la democracia en el país.

La Defensoría del Pueblo continuará realizando el monitoreo al desarrollo del proceso electoral,en respeto a los derechos de las poblaciones en situación de vulnerabilidad.

La Defensoría del Pueblo es una Institución Nacional de Derechos Humanos con estatus ‘A’, cuya función es velar por la vigencia, promoción, difusión y cumplimiento de los derechos humanos, individuales y colectivos, que se establecen en la Constitución Política del Estado, las leyes y los instrumentos internacionales, con independencia y autonomía plena, que, en el ejercicio de sus funciones, no recibe instrucciones de los órganos del Estado.

La Paz, 08 de octubre de 2025.