DEFENSORÍA DEL PUEBLO URGE GARANTIZAR LA PROTECCIÓN DE PERIODISTAS Y EL RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS EN CONTEXTOS DE CONFLICTIVIDAD SOCIAL

DEFENSORÍA DEL PUEBLO URGE GARANTIZAR LA PROTECCIÓN DE PERIODISTAS Y EL RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS EN CONTEXTOS DE CONFLICTIVIDAD SOCIAL

14 de Mayo de 2026 06:25 pm

DEFENSORÍA DEL PUEBLO URGE GARANTIZAR LA PROTECCIÓN DE PERIODISTAS Y EL RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS EN CONTEXTOS DE CONFLICTIVIDAD SOCIAL

La Defensoría del Pueblo expresa su preocupación ante el incremento de la conflictividad social en el país, situación que está derivando en hechos de intolerancia, hostigamiento y agresiones contra trabajadoras y trabajadores de la prensa durante la cobertura de movilizaciones y otros acontecimientos de interés público. En este contexto, se han registrado hechos que evidencian riesgos concretos para el ejercicio periodístico, en los que periodistas han sido objeto de agresiones físicas, amenazas y obstaculización de su labor informativa.

Entre los hechos conocidos, se reporta que, en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, una periodista del medio F10 resultó herida mientras realizaba cobertura informativa de un enfrentamiento entre sectores sociales en la plaza 24 de Septiembre, evidenciando nuevamente los riesgos que enfrentan las y los trabajadores de la prensa en escenarios de alta conflictividad y confrontación. Asimismo, en la ciudad de El Alto, durante la cobertura de movilizaciones sociales, periodistas fueron agredidos con golpes e insultos y obligados a retirarse del lugar mediante actos de violencia, incluyendo el lanzamiento de objetos contundentes, mientras realizaban labores informativas.

También se denunciaron actos de hostigamiento y amedrentamiento contra espacios de comunicación, como Radio Deseo y la Casa Virgen de los Deseos. De igual manera, durante la presente jornada, periodistas de los medios de comunicación ANF y Gigavisión resultaron heridos en hechos violentos registrados en el contexto de la conflictividad social, mediante acciones que afectan el ejercicio de la libertad de expresión, el derecho a la comunicación y el acceso de la población a información plural y oportuna.

La Defensoría del Pueblo recuerda que el derecho a la protesta y a la movilización pacífica está protegido por la Constitución Política del Estado y por los instrumentos internacionales de derechos humanos. Sin embargo, su ejercicio no puede implicar violencia, agresiones ni afectaciones a terceras personas, entre ellas periodistas y trabajadores de la comunicación, cuya labor resulta esencial para garantizar el derecho de la sociedad a recibir información veraz, plural y oportuna.

El Estado boliviano tiene la obligación de garantizar y proteger el ejercicio de la libertad de expresión y de prensa, conforme al artículo 106 de la Constitución Política del Estado y a los estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, que establecen que las y los periodistas deben gozar de una protección especial reforzada en contextos de conflictividad social, en atención a la relevancia de su labor para la democracia.

En ese marco, la Defensoría del Pueblo exhorta a los sectores movilizados, actores políticos y sociales a respetar plenamente el trabajo de la prensa, abstenerse de discursos estigmatizantes y evitar cualquier forma de violencia o intimidación contra periodistas y medios de comunicación. Asimismo, insta a las autoridades competentes a adoptar medidas urgentes para prevenir nuevos hechos de violencia, garantizar condiciones seguras para la cobertura periodística e investigar de manera pronta, imparcial y efectiva las denuncias registradas.

La Defensoría del Pueblo reafirma que la democracia se fortalece cuando se garantizan de manera simultánea el derecho a la protesta pacífica, la libertad de expresión y la protección integral de los derechos humanos de todas las personas, sin violencia ni intolerancia.

La Defensoría del Pueblo es una Institución Nacional de Derechos Humanos con estatus “A”, con independencia y autonomía funcional, cuya misión es velar por la vigencia, promoción y cumplimiento de los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política del Estado y en los instrumentos internacionales, sin recibir instrucciones de otros órganos del Estado.

                                                                                       La Paz, 14 de mayo de 2026.