Exfuncionaria de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Monteagudo, denunciada por la Defensoría del Pueblo, es declarada culpable de incumplimiento de deberes

Exfuncionaria de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Monteagudo, denunciada por la Defensoría del Pueblo, es declarada culpable de incumplimiento de deberes

19 de Agosto de 2021 02:16 pm

Exfuncionaria de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Monteagudo, denunciada por la Defensoría del Pueblo, es declarada culpable de incumplimiento de deberes

Tras un juicio de dos años impulsado por la Defensoría del Pueblo, el Juzgado Público Civil y comercial de Sentencia Penal y de Ejecución Penal 2do. de Monteagudo, Chuquisaca, declaró culpable del delito de incumplimiento de deberes en contra de L.S.C.L., exfuncionaria de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia (DNA) de Monteagudo,  imponiéndole una pena de dos años de privación de libertad.

C.L. fue denunciada ante el Ministerio Público por la Defensoría del Pueblo el 18 de julio de 2019, porque como responsable de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de esa localidad no cumplió con su obligación de denunciar ante el Ministerio Público el caso de una adolescente de 12 años de edad víctima de violación y quien producto del ultraje se encontraba, entonces, con un embarazo de 26 semanas, informó la Defensora del Pueblo, Nadia Cruz. 

Cuando la Defensoría del Pueblo, a través de la Coordinación Regional de Monteagudo, realizó la intervención del caso, la responsable de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia manifestó que conoció el hecho hacía aproximadamente un mes y medio, y pretendió justificar su omisión con el argumento de que la adolescente y su madre no habrían querido denunciar el hecho. Es decir, la responsable de esa unidad no realizó la denuncia que correspondía, detalló la autoridad defensorial.

Al tratarse de un hecho de violencia sexual que involucró a una adolescente, y ante la omisión de las obligaciones que tenía la responsable de la DNA de Monteagudo, la Defensoría del Pueblo realizó el seguimiento a dicho proceso judicial que culminó el 19 de julio de este año, con la emisión de una Sentencia Condenatoria en contra de Cruz Lovera, por el delito de incumplimiento de deberes.

Cruz afirmó que las y los servidores públicos que trabajan en las Defensorías de la Niñez y Adolescencia y los Servicios Legales Integrales Municipales (SLIM) tienen la obligación de denunciar ante el Ministerio Público actos de violencia sexual, más aún cuando las posibles víctimas son niñas, niños o adolescentes (NNA).

Remarcó que al amparo del estándar de derechos humanos establecido por la Corte IDH, los Estados están obligados a realizar las investigaciones correspondientes a denuncias sobre violencia sexual, reforzando esta obligación cuando se trate existan NNA víctimas, garantizando la reconstrucción de sus proyectos de vida, así como su deber de sancionar a sus agresores. 

En casos de niñas o mujeres en gestación producto de una violación sexual, deben acompañar a la víctima al establecimiento de salud público o privado y, si así lo solicita, el acceso al servicio de salud para la interrupción legal del embarazo (ILE), en el marco de lo que establece la sentencia constitucional SCP 206/2014 y el Procedimiento Técnico para la Prestación de Servicio de Salud.