JUEZA DENIEGA ACCIÓN DE LIBERTAD A LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO, DEMORA INDULTO DE 3.000 PRIVADOS DE LIBERTAD
11 de Diciembre de 2025 07:48 pm
Diciembre 11 de 2025 (UCOM-DPB).- El Juzgado de Sentencia Penal Anticorrupción y Contra la Violencia Hacia Las Mujeres 7°, del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, denegó la Acción de Libertad interpuesta por la Defensoría del Pueblo, frente a la dilación del Tribunal Supremo de Justicia en la extensión de Certificados a privados de libertad para acceder al Indulto Presidencial.
“La jueza denegó la acción de libertad indicando que no hay un plazo determinado en el Decreto Presidencial para la emisión de estos certificados”. No obstante, en algunos casos “a más de un mes las solicitudes de certificado no tienen respuesta hasta la fecha, por eso la Defensoría del Pueblo planteó una acción de libertad pidiendo celeridad en la emisión de estos certificados”, señaló el Defensor del Pueblo, Pedro Callisaya Aro, al concluir la audiencia.
El 22 de octubre, el gobierno emitió el Decreto Presidencial N° 5460 destinado a beneficiar con el indulto a los privados de libertad con sentencia condenatoria. El mismo, en el artículo 6 inciso c), refiere que el privado de libertad debe obtener un certificado emitido por el TSJ, que indique si tiene otros procesos o ha sido beneficiado con otra amnistía en los cinco (5) años anteriores a la vigencia del referido Decreto Presidencial.
Asu vez, el TSJ mediante el instructivo N° 24/2025 dispuso que los Tribunales Departamentales de Justicia remitan cierta información y recién se pueda emitir estos certificados; sin embargo, en muchos casos, desde el 22 de octubre a la fecha, el TSJ no emitió los certificados solicitados para al menos 3.000 privados de libertad, hecho que fue cuestionado por la autoridad defensorial en la referida acción de libertad.
“Parece un contrasentido, las personas que están en los penales cumpliendo una pena, han sido beneficiadas con este Decreto Presidencial por el Estado y es el propio Estado que esta dilatando con la negativa de la emisión de estos certificados”, añadió la autoridad defensorial.
Ante esta decisión de la Jueza de Garantías Constitucionales, el Defensor del Pueblo ratificó: “Continuaremos realizando todas las acciones legales y defensoriales necesarias para garantizar que las personas privadas de libertad, puedan acceder al beneficio del indulto presidencial, sin trabas indebidas y en estricto respeto a sus derechos humanos”, finalizó.
La dilación en la extensión de los certificados a los privados de libertad solicitantes vulnera el derecho a la justicia pronta y oportuna vinculada con el derecho a la libertad personal; asimismo, pone en riesgo el principio de celeridad como componente de la garantía del debido proceso.


