JUSTICIA ORDENA AL MINISTERIO DE SALUD ASUMIR MEDIDAS OPORTUNAS EN LA DOTACIÓN DE MEDICAMENTOS A PACIENTES DE ENFERMEDADES NO RECURRENTES

JUSTICIA ORDENA AL MINISTERIO DE SALUD ASUMIR MEDIDAS OPORTUNAS EN LA DOTACIÓN DE MEDICAMENTOS A PACIENTES DE ENFERMEDADES NO RECURRENTES

22 de Julio de 2025 07:58 pm

JUSTICIA ORDENA AL MINISTERIO DE SALUD ASUMIR MEDIDAS OPORTUNAS EN LA DOTACIÓN DE MEDICAMENTOS A PACIENTES DE ENFERMEDADES NO RECURRENTES

La Paz, julio 22 (UCOM/DPB).- La justicia concedió la tutela a la acción de amparo constitucional interpuesta por B.V.M.E. en representación de su hijo L.A.P.M., contra el ex y actual director del Hospital de Clínicas, la ministra de Salud y Deportes y otras autoridades quienes omitieron dotar oportunamente el medicamento que requería el peticionario para su tratamiento.

De acuerdo al relato del padre, su hijo fue diagnosticado con “Artrofia muscular espinal Tipo II” (considerada como una enfermedad patogénica grave y poco frecuente) y trastorno ansioso depresivo.

Desde la unidad de Asuntos Constitucionales de la Defensoría del Pueblo, se informó que la institución participó de la acción de amparo constitucional, desarrollada el pasado 26 de junio, como tercero interviniente, esto en resguardo de la vulneración del derecho a la salud. “omitieron dotarle oportunamente del medicamento recetado, tampoco desarrollaron un plan específico para la provisión a largo plazo del medicamento que es fundamental para salvaguardar la salud y vida del paciente L.A.P.M.”, explica el documento defensorial.

La institución defensorial señaló, en la audiencia de amparo constitucional, que la Constitución Política del Estado, reconoce que los servicios de salud y la otorgación de medicamentos deben ser provistos de forma oportuna e ininterrumpida, al constituirse en una función suprema y primera responsabilidad financiera del Estado, como es el hecho de garantizar y sostener el derecho a la salud.

La tutela otorgada por la Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz y dispuso que los accionados (director del Hospital de Clínicas, la ministra de Salud y Deportes y otros) actúen con la debida diligencia en la compra inmediata del medicamento que debe ser suministrado a L.A.P.M., en el plazo de treinta días hábiles.

De acuerdo a la Defensoría del Pueblo, este hecho muestra la falta de medicamentos en los Entes Gestores de Salud, “aspecto omisivo que tiende a colocar en seria amenaza el derecho a la salud, pues se ha omitido considerar la gravedad y urgencia del caso”. 

Ante este hecho, desde la institución defensorial se insta a las autoridades encargadas en salud, asumir acciones coordinadas y planificadas, tendientes a adoptar medidas correctivas, aprobando de manera urgente la asignación presupuestaria, para adquirir medicamentos que requieren los pacientes que presenten enfermedades no recurrentes y se encuentren en situación de urgencia, precautelando el derecho la salud y otros conexos.