PRONUNCIAMIENTO DEFENSORÍA DEL PUEBLO EXHORTA A RESGUARDAR LOS DERECHOS LABORALES DE LAS Y LOS GUARDAPARQUES: SIN GUARDAPARQUES NO HAY PROTECCIÓN DE LA MADRE TIERRA

PRONUNCIAMIENTO DEFENSORÍA DEL PUEBLO EXHORTA A RESGUARDAR LOS DERECHOS LABORALES DE LAS Y LOS GUARDAPARQUES: SIN GUARDAPARQUES NO HAY PROTECCIÓN DE LA MADRE TIERRA

10 de Septiembre de 2026 02:40 pm

PRONUNCIAMIENTO DEFENSORÍA DEL PUEBLO EXHORTA A RESGUARDAR LOS DERECHOS LABORALES DE LAS Y LOS GUARDAPARQUES: SIN GUARDAPARQUES NO HAY PROTECCIÓN DE LA MADRE TIERRA

La Defensoría del Pueblo, en el marco de su mandato constitucional de defensa, promoción y protección de los derechos humanos y de la Madre Tierra, expresa su preocupación ante la situación laboral de guardaparques y Jefes de Protección del Servicio Nacional de Áreas Protegidas (SERNAP), a raíz de la instrucción de poner sus cargos a disposición, medida que podría derivar en desvinculaciones, precarización e inestabilidad laboral.

A partir de la denuncia pública presentada por la Asociación Boliviana de Guardaparques y Agentes de Conservación (ABOLAC), la Defensoría del Pueblo activó de oficio, el 28 de agosto de 2026, una investigación en el marco del Sistema de Servicio al Pueblo (SSP) y admitió la denuncia con el propósito de prevenir posibles vulneraciones de derechos y verificar que las medidas administrativas adoptadas se ajusten a la Constitución Política del Estado, la normativa vigente y los estándares internacionales de derechos humanos.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, el 28 de agosto, la Defensoría del Pueblo notificó al ministro de Desarrollo Sostenible, Medio Ambiente y Agua, Oscar Mario Justiniano, con un Requerimiento de Informe Escrito (RIE), mediante el cual solicitó información y documentación relacionada con la situación laboral de las y los servidores públicos involucrados, las medidas adoptadas respecto a la continuidad de sus funciones y las previsiones institucionales vinculadas con la situación laboral que atraviesan. A la fecha, la respuesta a dicho requerimiento se encuentra dentro del plazo establecido.

De manera paralela, la Defensoría del Pueblo solicitó una audiencia informativa urgente con la máxima autoridad de esa cartera de Estado, con el propósito de expresar la importancia de garantizar la protección de los derechos de quienes cumplen funciones de custodia, vigilancia y conservación en las áreas protegidas, así como de valorar su experiencia y especialidad técnica adquiridas en el trabajo de campo.

La institución defensorial remarca que los procesos de reestructuración del Estado pueden constituir decisiones legítimas de gestión pública; sin embargo, su implementación debe observar las garantías constitucionales y los derechos laborales, evitando medidas arbitrarias o desproporcionadas y procurando que no se produzcan retrocesos en la protección efectiva de los derechos humanos y ambientales, ni afectaciones a la protección de la Madre Tierra.

La Defensoría del Pueblo es una Institución Nacional de Derechos Humanos (INDH) con estatus “A”, cuya función es velar por la vigencia, promoción, difusión y cumplimiento de los derechos humanos individuales y colectivos reconocidos por la Constitución Política del Estado, las leyes y los instrumentos internacionales de derechos humanos. En el ejercicio de sus funciones, actúa con independencia y autonomía plena y no recibe instrucciones de los órganos del Estado.

La Paz, 10 de septiembre de 2026.