PRONUNCIAMIENTO DEFENSORÍA DEL PUEBLO RECHAZA EXPRESIONES RACISTAS, DISCRIMINATORIAS Y ESTIGMATIZANTES CONTRA PUEBLOS INDÍGENAS DE TIERRAS BAJAS Y ESPACIOS EDUCATIVOS

PRONUNCIAMIENTO DEFENSORÍA DEL PUEBLO RECHAZA EXPRESIONES RACISTAS, DISCRIMINATORIAS Y ESTIGMATIZANTES CONTRA PUEBLOS INDÍGENAS DE TIERRAS BAJAS Y ESPACIOS EDUCATIVOS

14 de Agosto de 2026 12:33 pm

PRONUNCIAMIENTO DEFENSORÍA DEL PUEBLO RECHAZA EXPRESIONES RACISTAS, DISCRIMINATORIAS Y ESTIGMATIZANTES CONTRA PUEBLOS INDÍGENAS DE TIERRAS BAJAS Y ESPACIOS EDUCATIVOS

La Defensoría del Pueblo expresa su rechazo categórico y profunda preocupación ante las expresiones despectivas y estigmatizantes difundidas en canales de streaming, referidas a una unidad educativa del departamento de La Paz, presentada de manera generalizada como un lugar vinculado con la formación de “maleantes”, así como a los pueblos indígenas de tierras bajas, particularmente los pueblos Ayoreo y Guarayo del departamento de Santa Cruz. Estas expresiones deshumanizan, menoscaban la dignidad e identidad de personas y colectivos y reproducen prejuicios y estereotipos incompatibles con sus derechos fundamentales.

La Defensoría del Pueblo reconoce que la libertad de expresión es un derecho fundamental, protegido por la Constitución Política del Estado —artículos 21.5 y 106— y por instrumentos internacionales de derechos humanos. Sin embargo, este derecho no es absoluto y su ejercicio implica responsabilidades. No puede invocarse para justificar expresiones que promuevan o legitimen el racismo, la discriminación, la intolerancia, la violencia o el menosprecio de personas y colectivos por su origen, identidad cultural, pertenencia étnica o condición.

 

En este sentido, la Ley N.º 045, Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación, establece mecanismos para prevenir y sancionar actos de racismo y discriminación y promover el respeto a la diversidad y la convivencia pacífica. Asimismo, los medios de comunicación y plataformas digitales, incluidos los espacios de streaming, tienen una responsabilidad en la formación de la opinión pública y deben evitar la reproducción, legitimación o normalización de discursos que profundicen la discriminación y exclusión de poblaciones históricamente vulneradas.

 

Exhorta al Ministerio Público y a las autoridades competentes a investigar los hechos y determinar las responsabilidades que correspondan y, de ser pertinente, promover la aplicación de las sanciones previstas por la Ley N.º 045 y, conforme corresponda, en el marco del artículo 281 del Código Penal, con respeto al debido proceso y al derecho a la defensa.

 

Asimismo, exhorta a los medios de comunicación y plataformas digitales a ejercer su actividad con responsabilidad, evitando la difusión, reproducción o normalización de discursos racistas y discriminatorios, de acuerdo con la normativa vigente.

 

La Defensoría del Pueblo reafirma que ninguna persona debe ser objeto de humillación, estigmatización o desprecio por su identidad, condición, origen, pertenencia cultural o lugar de procedencia. La diversidad cultural de Bolivia y la pluralidad de sus comunidades educativas constituyen una riqueza que debe ser respetada, protegida y promovida por todas y todos. Asimismo, continuará vigilante ante cualquier acto que vulnere derechos y reitera su compromiso con una sociedad democrática, plural e intercultural, basada en la igualdad, la dignidad y el respeto irrestricto de los derechos humanos.

 

La Defensoría del Pueblo es una Institución Nacional de Derechos Humanos con estatus ‘A’, cuya función es velar por la vigencia, promoción, difusión y cumplimiento de los derechos humanos, individuales y colectivos, que se establecen en la Constitución Política del Estado, las leyes y los instrumentos internacionales, con independencia y autonomía plena; que, en el ejercicio de sus funciones, no recibe instrucciones de los órganos del Estado.

 

La Paz, 14 de agosto de 2026


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