Tribunal Constitucional Plurinacional revoca decisión de Sala Constitucional y concede tutela solicitada por la Defensoría del Pueblo para trabajadora

Tribunal Constitucional Plurinacional revoca decisión de Sala Constitucional y concede tutela solicitada por la Defensoría del Pueblo para trabajadora

28 de Abril de 2024 02:59 pm

Tribunal Constitucional Plurinacional revoca decisión de Sala Constitucional y concede tutela solicitada por la Defensoría del Pueblo para trabajadora

La Paz, 25 de abril de 2024 (UCOM/DPB).- Pese a que la Sala Constitucional Cuarta del Tribunal de Justicia de La Paz denegó la tutela dentro de la acción de amparo constitucional presentado por la Defensoría del Pueblo para restituir a su fuente laboral a Carmen Zenteno Mercado, una servidora pública que se desempeñaba en el Servicio Departamental de Salud – La Paz (SEDES – La Paz), la institución defensorial insistió en su misión de defender los derechos de la mujer, que tiene a su cargo a su mamá, una persona adulta mayor con discapacidad visual.

Fue así que, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), en revisión, revocó la decisión emitida por la Sala Constitucional 4ta. del Tribunal Departamental de Justicia paceño, otorgando la tutela solicitada inicialmente, con lo cual ordena que Zenteno sea restituida a su fuente laboral. 

“Yo acudí a la Defensoría del Pueblo por la desvinculación que me querían hacer en el SEDES, pese a que tenía a mi cargo a mi mamá que es una persona adulta mayor y que tiene discapacidad visual. En tal situación, la Defensoría del Pueblo atendió mi caso, me defendieron bien, agradecer al Defensor del Pueblo, Pedro Callisaya y a todo el personal que atendió mi caso, me representaron de buena manera”, expresó Zenteno. 

El SEDES La Paz trató de desvincular a Carmen Zenteno el 13 de octubre de 2022, pero ella hizo su representación para dejar sin efecto la disposición, toda vez que tenía a su cargo una persona con discapacidad y ante esto ella estaría beneficiada con la inamovilidad laboral. 

Zenteno cuenta que el SEDES solicitó una serie de certificaciones y documentaciones, pues argumentaba que no estaba probada la tutela de la hija en cuanto a su madre. Fue así que Carmen acudió al Instituto Boliviano de la Ceguera (IBC) y otras entidades para probar que estaba habilitada para la inamovilidad laboral. 

“Negaron mi tutela sobre mi mamita, luego solicitaron que tenía que acreditarla ante el Ministerio de Salud, solicitaron una serie de informes, de visitadoras sociales y otros, que yo cumplí, pero nada de eso bastó para el SEDES”, relató la mujer. 

En ese ínterin, Zenteno acudió a la Defensoría del Pueblo, que presentó una acción de amparo constitucional, cuya tutela fue denegada por la Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, el 13 de abril de 2023. 

El 17 de abril pasado, el TCP se pronunció y decidió revocar la tutela denegada, concediendo la tutela solicitada por la institución defensorial. 

La Sentencia Constitucionl Plurinacional 0051/2024-S2, emitida por la Sala Segunda del Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia estableció, además, otorgó tres días de plazo al SEDES para restituir a Carmen Zenteno a su fuente laboral.

“Después de todo hay justicia”, expresó Zenteno, junto a su madre, quien se siente contenta porque su hija retornará a su fuente laboral, puesto que según refiere “ella es la única que la sostiene económicamente”.